19 de febrero de 2026
El juez Diego Amarante citó a indagatoria al presidente
de la Asociación Argentina de Fútbol (AFA), Claudio "Chiqui" Tapia y al
tesorero de dicha entidad, Pablo Toviggino, en el marco de la causa por la
retención indebida de aportes de la seguridad social. Además, se ordenó la
prohibición de salida del país.
Según pudo confirmar TN, "Chiqui" Tapia deberá comparecer
ante la Justicia el próximo 5 de marzo, mientras que el turno de Toviggino será
el 6 de marzo. La medida alcanza también al presidente del club Argentinos
Juniors, Cristian Ariel Malaspina, Gustavo Lorenzo y al expresidente de Racing,
Víctor Blanco.
El ARCA acusa a la AFA de haber actuado como agente de
retención y percepción de tributos nacionales y recursos de la seguridad
social, sin depositar los montos correspondientes dentro del plazo legal de 30
días corridos posteriores al vencimiento.
Los períodos abarcados van desde marzo de 2024 hasta
septiembre de 2025, con retenciones en IVA, Impuesto a las Ganancias y
contribuciones a la seguridad social.
El organismo explicó que estas maniobras configuran "el
delito de omisión, ya que el deber jurídico de actuar surge directamente de la
calidad de agente de retención, y la conducta típica se materializa en la falta
de depósito del dinero retenido en tiempo oportuno".
Según la denuncia inicial hubo un total de
$7.593.903.512,23 en obligaciones que no fueron depositadas en tiempo y forma,
dividido en dos grandes rubros, retenciones impositivas y retenciones de la
seguridad social. En la ampliación de la denuncia el monto denunciado sumó
$11.759.643.331,62.
El total bajo investigación supera los $19.300 millones
por retenciones y aportes que no habrían sido ingresados.
ARCA aclaró que "los importes en cuestión no constituyen
fondos propios del contribuyente, sino recursos ajenos que pertenecen al Estado
desde el momento mismo de la retención, por lo que su no ingreso implica una
indebida apropiación de caudales públicos".
El organismo planteó que "desde el punto de vista
subjetivo el delito se consuma con dolo, entendido como el conocimiento del deber
legal de ingresar las sumas retenidas y la posibilidad real de hacerlo, sin que
resulte exigible una intención especial de apropiación".
En esa línea, ARCA destacó que "la AFA conocía su
obligación, había practicado las retenciones y se encontraba en condiciones de
cumplir con el deposito, optando sin embargo por omitirlo, lo que satisface el
elemento subjetivo requerido por el tipo penal".
Entre las pruebas ofrecidas por el organismo estatal
aparece informes del Banco Credicoop, donde se constatan acreditaciones en
cuentas de la AFA, así como la constitución de plazos fijos en pesos y dólares
por sumas considerables, lo que demostraría la "capacidad fáctica" de disponer
de fondos para cumplir con las obligaciones.
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