19 de julio de 2011

Nacionales

Nacionales. Las mesas mixtas y las boletas de colores, dos novedades electorales

El proceso electoral en la Provincia de Buenos Aires estará signado por una serie de cambios. El primero de ellos -el uso de mesas mixtas en vez de las tradicionales por sexo- ya se insinuó durante los comicios de Pinamar en 2010.

El jefe de Gabinete de la Provincia Buenos Aires, Alberto Pérez, explicó que "se trata de un proceso con dos etapas: así se democratiza la elección, porque el conjunto del cuerpo electoral participa en la primaria de una instancia de selección de los candidatos".

En efecto, las elecciones de agosto y octubre forman parte de un mismo procedimiento electoral, con dos instancias: las primarias el 14 de agosto y las generales el 23 de octubre. De ese modo, las elecciones primarias seleccionan candidatos y habilitan partidos para las elecciones generales.

Mesas mixtas

En las primarias y la general no todos los electores votarán en el mismo lugar que en las últimas elecciones legislativas de 2009, pero sí votarán en la misma mesa en las elecciones primarias del 14 de agosto que en las generales de 23 de octubre.

Por primera vez, en elecciones nacionales habrá mesas mixtas. Estas mesas sin distinción de género, ya fueron usadas en las elecciones para intendente en el partido de Pinamar en el año 2010.

Uno de los objetivos es que la familia se acerque unida a votar, ya que un padre con sus hijos (sean varones o mujeres) votarán en la misma mesa.

Otro de los beneficios que traerán estas mesas mixtas, es la de impedir algún tipo de incomodidad hacia las personas travestis o transexuales. Es decir que erradica la discriminación hacia las minorías sexuales y es una norma de respeto por la identidad sexual.

Boletas de color

Otra de la novedades en estas elecciones de 2011 es la adjudicación de un color a cada partido para ser usada en las boletas. Este color será elegido por cada partido político y aprobado por el Juzgado Electoral. Este color identitario logrará un mejor orden y visualización de las opciones dentro del cuarto oscuro.

En las boletas sólo podrán insertarse fotografías de candidatos o candidatas, en colores o en blanco y negro.

Voto obligatorio para los extranjeros

Desde de la sanción de la Ley 14.086, el sufragio de los residentes extranjeros pasó a ser obligatorio por lo que deberán participar de las elecciones primarias del 14 de agosto y en las generales de octubre. Son cerca de 260 mil y elegirán cargos provinciales y comunales.

La elección general y las primarias traerán aparejados cambios en la Provincia de Buenos Aires en lo que respecta al sufragio de los residentes extranjeros. En los últimos comicios legislativos de 2009 su participación era voluntaria y a partir de los 21 años. Para las citas electorales del presente año, el voto será obligatorio para los extranjeros de 18 años o más.

Los extranjeros residentes en el ámbito de la provincia de Buenos Aires deberán elegir gobernador y vicegobernador, legisladores provinciales, intendentes municipales, concejales, consejeros escolares y diputados.

El jefe de Gabinete, Alberto Pérez, destacó que "a partir de ahora los residentes extranjeros mayores de 18 años tendrán el derecho y la obligación de elegir. También, aquellos hombres y mujeres extranjeros con vocación política, tal como lo indica la Constitución Provincial, podrán también postularse como candidatos a concejales municipales una vez que hayan cumplido los 25 años de edad".

El artículo 1° de la Ley 14.086 establece que "son electores todos los ciudadanos empadronados y los extranjeros que se encuentren inscriptos en el registro establecido por la Ley 11.700 modificada por la Ley 12.312". El mismo artículo aclara que "la emisión del sufragio será obligatoria." La no emisión del sufragio, ya sea en las elecciones primarias o en las generales sin justificativo alguno, constituye una falta electoral.

En ese marco, la Jefatura de Gabinete anticipó que, a través de la Subsecretaría de Gabinete y la Subsecretaría de Relaciones Institucionales se comenzará a capacitar en los municipios de la Provincia con el objetivo de familiarizar a la mayor cantidad posible de extranjeros con el acto de votación.

Al respecto el subsecretario de Gabinete, Juan Pablo Alvarez Echagüe, declaró que "desde el Gobierno de Daniel Scioli con este trabajo buscamos fomentar la inclusión y la participación electoral de los extranjeros en nuestra Provincia".

Requisitos y penas

Desde la Subsecretaria de Gabinete Provincial recomendaron que todos los residentes extranjeros verifiquen con tiempo antes de las elecciones si efectivamente figuran en el padrón electoral. El mismo está siendo actualizado por la Provincia y la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires.

Aquellos residentes que no se encuentren inscriptos deberán solicitar su inclusión en forma expresa ante la Delegación del Registro de las Personas correspondiente a su domicilio. Ese trámite es necesario para cumplir con la obligación de sufragar.

Deberán acreditar su identidad exclusivamente mediante el Documento Nacional de Identidad, tener 18 años cumplidos, saber leer y escribir en idioma nacional. Además deberán tener dos (2) años de residencia en el territorio de la provincia de Buenos Aires y haber cumplido con el pago anual de impuestos nacionales, provinciales y/o tributo municipal.

Finalmente, la Ley 5.109 dispone las sanciones por no emitir el sufragio. En su artículo precisa que el elector que sin causa legal deje de emitir su voto, sufrirá multa.

También el artículo 139º de la misma norma establece que cuando no sea posible cobrar el importe de una multa por falta de recursos del condenado, éste sufrirá arresto.

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