23 de febrero de 2011

Locales

Locales. Lo condenaron a cinco años de prisión por el asalto a un locutorio

Tal se había anticipado desde esta páginas, ayer el Tribunal Criminal Nro 1 ventiló la sentencia en torno al asalto perpetrado el día 5 de septiembre de 2009 en el locutorio de Avenida España al 900, del cual resultó imputado Marcelo Leonel Vázquez.

Para el juez Pablo Galli, quedó debidamente acreditados los hechos que se le endilgaron a Vázquez, por lo que fue condenado a la pena de cinco años de prisión, como autor penalmente responsable de los delitos de “Robo calificado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no pudo acreditarse y Tenencia de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización legal”.

En efecto, para el magistrado mediante la denuncia pertinente, los testimonios y las diligencias procesales realizadas durante la IPP y testimonios aportados durante el debate, quedó probado que siendo alrededor de las 8.30 del 5 de septiembre de 2009, Marcelo Vázquez ingresó al locutorio ubicado en Avenida España Nー 975, denominado “Telecentro Luciana”, propiedad de Luciana Angelo, al cual había arribado circulando en una motocicleta EconoPower roja y blanca, modelo viejo. Que luego de ello, y previo esperar a que se retiren un par de clientes del local comercial, el imputado extrajo de entre sus ropas un arma de fuego y exhibiendo la misma a la víctima, le exigió la entrega del dinero existente diciéndole: “dame la plata, dame la plata, está corriendo riesgo tu vida, no te hagas la viva...”.

Así, la joven accedió al violento pedido desembolsando la suma de dinero que se encontraba en la caja producto de la recaudación del día, y que tenía por origen el cobro de impuestos además del servicio prestado como rubro de telefonía (unos 14 mil pesos) y también de un teléfono celular y varias tarjetas telefónicas.

Con el botín en su poder, Vázquez se dio a la fuga en la motocicleta, previo manifestarle a la víctima: “... Ni se te ocurra hacer la denuncia porque te voy a matar, no te hagas la viva…”.

AUTORIA Y RESPONSABILIDAD

Para endilgar la responsabilidad del atraco a Vázquez, el juez fundó su convicción en la declaración de la víctima, quien como se detalló en ediciones pasadas, mencionó que aún estando los peritos policiales en rastros en el local comercial, recibió en el otro aparato celular (puesto que tenía dos y uno se lo llevó el asaltante) una amenaza para que no hiciera la denuncia a través de un mensaje de texto, la que aún conservaba registrada en el teléfono y la exhibió al Tribunal y las partes.

Agregó al respecto que el número del celular donde recibió la advertencia estaba registrado entre los pocos contactos que tenía en el aparato sustraído (solo 5 o 6 familiares y una amiga íntima).

Tal circunstancia se aúna a las declaraciones de Gabriela Maldonado y Walter Bazán, quienes afirmaron que el día en que Vázquez los visitó (a los pocos minutos del robo), en cuanto a que el acusado se desplazaba en su ciclomotor rojo y blanco y también portaba un casco.


LOS TESTIMONIOS INCRIMINANTES

También el magistrado abordó las declaraciones testimoniales de Walter David Bazán y Gabriela Mabel Maldonado, quienes resultaron incriminatorias para el sentado en el banquillo de los acusados.

En el veredicto se reseñó que Bazán tenía presente la visita de Vázquez a su casa, quien le regaló un celular que traía consigo, precisamente aparato utilizado para realizar la amenaza a la víctimas minutos después del robo.

Tanto Bazán como Maldonado dijeron que ni bien Vázquez le obsequió el celular que traía consigo, sacó el chip –tarjeta SIM- de uno de los dos aparatos de su propiedad y lo introdujo en el que le fuera regalado.

Por su parte, Gabriela Maldonado, detalló que ese día llegó Vázquez en horas de la mañana al domicilio de calle Richieri donde vivía el matrimonio. Mencionó que el imputado, quien era amigo de su esposo y no tenía ninguna relación con la declarante, se encontraba sumamente nervioso y había arribado a bordo de la moto. Afirmó que Vázquez, en ese estado de nerviosismo que traía, les relató a ambos que había robado en un locutorio de Avenida España, lo que había hecho “de chamuyo”, repitiendo así los términos textuales que, según dijo, empleó Vázquez para referirse a que no había usado armas para realizar el hecho, y que les dijo que lo había hecho ese mismo día.

De manera concordante con los dichos de Bazán, mencionó que Vázquez le había regalado un celular a su esposo, y que éste cuando lo recibió, colocó su “chip” en el aparato. También refirió que el visitante en un determinado momento le pidió prestado el aparato celular de la declarante, no viendo que haya realizado llamados o enviado mensajes de texto desde el mismo, pero no podía asegurar tampoco que no lo hubiera hecho.

A las declaraciones mencionadas, se aunó en el fallo los informes periciales que informaron sobre el registro de mensajes enviados desde el teléfono celular robado como de la tarjeta SIM, y las veces que se introdujo dicha tarjeta en el celular en cuestión.

Así, se corroboró que sobre el teléfono robado, el mismo día del hecho (5 de septiembre de 2009) una tarjeta SIM cuyo titular resultaba Walter Bazán, se introdujo en el aparato celular sustraído, y también los investigadores pudieron determinar que desde el aparato celular de Maldonado se realizó -a través de un mensaje de texto- la amenaza relatada por la víctima.

Tales comprobaciones verifican que el autor del hecho tuvo inmediata vinculación con el aparato celular de Bazán y con el chip del celular de Maldonado y resultaron coincidentes con las manifestaciones de Bazán y Maldonado, a quienes el juez les creyó plenamente en todos sus dichos, aún cuando el hombre fuera un tanto reticente en cuanto a relatar los pormenores de la conversación mantenida con el imputado, lo que Galli lo entiendo que estaba motivado por la relación de amistad y al solo fin de resguardarlo, pero en la medida de no quedar el declarante como responsable de un ilícito no cometido.

Tenencia de arma

Cabe mencionar que Vázquez también se lo condenó por la tenencia de arma de fuego, cuestión que no había sido puesta en tela de juicio por la mismísima Defensa.

El imputado admitió la comisión del ilícito, como también al ejercer la defensa material al narrar su versión de los hechos frente al Tribunal.

En cuanto al argumento del imputado, basado en el temor hacia la persona de Walter David Bazán por haber sido amenazado por éste, debido a un episodio de celos y frente a la imposibilidad de obtener una licencia legal de tenencia de armas por tener antecedentes penales, para Galli no resultó una excusa válida que permita la justificación del ilícito.

En primer término, se argumentó, porque no fue siquiera demostrado que hubiera existido tal episodio, por el contrario al juez le pareció una mentira más del imputado quien al declarar mencionó que Rubén Borges sabía del episodio y éste negó tener cualquier conocimiento sobre el tema, y además fue rotundamente negado por los restantes protagonistas Bazán y Maldonado, siendo otro mal intento de justificación.

Por otra parte, y tal como lo dijo en diferentes momentos de su declaración, Bazán se consideraba amigo de Vázquez hasta hoy día, dato que de alguna manera demostró el testigo con cierta reticencia para incriminarlo más directamente.

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