13 de diciembre de 2011
En la jornada de ayer, con número de nota 13.805 ingresó por Mesa de Entradas de la Municipalidad de Tandil, el cuidador y propietario de SPC, Jorge Cuenca envió una misiva al flamante jefe de Gabinete de Secretarios, Marcos Nicolini, donde le informa la cuestión vinculada al contralor de la explotación del Hipódromo de Tandil, concesionado a la firma Vistas Serranas.
“Atento al decreto 1025/2010, mediante el cual el intendente ha designado al Area Control de Concesiones, dependiente de la Jefatura de Gabinete, como autoridad de aplicación en la relación contractual con la empresa Vistas Serranas, es que vengo en tiempo y forma a poner a usted en conocimiento de la existencia de la denuncia penal por mi realizada y que lleva el número -2170/11- por presuntos incumplimientos en los deberes de funcionario público, denuncia que pesa sobre los anteriores funcionarios a cargo de la misma”, indica Cuenca en su misiva
Además le informa que el número de expediente 7963/2005 “en el cual surge de los informes del veedor municipal, de obras públicas del Honorable Concejo Deliberante y de quien suscribe, una serie de incumplimientos que al día de hoy no han sido debidamente sancionados como prevé el artículo 2.10 del pliego de bases y condiciones, parte integrante del contrato de concesión del Hipódromo local, firmado entre el sr. intendente doctor Miguel Lunghi y el presidente de la empresa Vistas Serranas Emilio Daniel Blanco”.
La nota es acompañada por el caballo que murió al chocar contra la empalizada y otra donde se observa la diferencia de material.
Destaca Cuenca que las imágenes “no son otra cosa más que el resultado final de alguno de los incumplimientos que hacen a la seguridad de propios y ajenos y que no hacen más que poner en evidencia la falta de inversión y cumplimiento de lo firmado, poniendo en riesgo el erario municipal, tipificado en el contrato en la cláusula tercera y sexta, en la oferta en su punto 1.5.3.3/1 caratulada como "rubro plan de obra nueva..." "...que evita mayores riesgos en caso de accidentes...". Paralelamente le notifico que en este accidente ocurrido el 2 del corriente se violó la ley del turf en su artículo 16 título III, capítulo I”.
Agrega más adelante “atento a la frase de J.B.Alberdi utilizada por el señor intendente al asumir su mandato "la victoria no da derecho"..."más bien obligaciones", le recuerdo que el mismo J.B.Alberdi dijo que "...en la elección de los funcionarios nos convendrá una política que eluda el pedanterismo de los títulos, tanto como la rusticidad de la ignorancia..., entendiendo esta parte que bajo estos conceptos usted ha sido designado como jefe de gabinete, es que procedo a intimarlo fehacientemente a aplicar las sanciones previstas, cumpliendo asi con su obligación demostrando ser un funcionario elegido bajo los conceptos de J.B.Alberdi y tu supra mencionadas en un plazo perentorio, bajo apercimiento de iniciar las acciones legales que a mi entender considere pertinentes”.
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