20 de julio de 2011

Locales

Locales. Restitución Premio Jubilatorio para diversos agentes, incluido personal docente

El Consejo Escolar informa que, de acuerdo a la Ley 14196-Decreto 683/11, se estableció el pago del Premio Jubilatorio suspendido durante la vigencia de la emergencia administrativa, económica y financiera del Estado Provincial - en este caso alcanza al período comprendido entre el 1º de abril de 2002 y el 30 de junio de 2005-.

“El operativo comenzó este lunes”, indicó el consejero escolar Fabián Riva, que además puntualizó cuáles son los requisitos para su presentación:
- Haber cesado de la Administración Pública, en alguno de los siguientes regímenes:
· Ley 10.328 (personal de la Dirección de Vialidad)
· Ley 10.384 (personal de Obras Sanitarias)
· Ley 10.430 (personal de la Administración Pública Provincial)
· Ley 10.579 (personal docente)
· Ley 12.268 (personal de actividades artísticas)
- Haber sido agente de planta permanente.
- Que el cese no responda a una sanción disciplinaria
- Haber cumplido 30 años en la Administración, o la cantidad de años necesarios para jubilarse conforme cada régimen especial (por ejemplo, 25 años para los docentes).

El cronograma de adhesión se organiza de acuerdo al siguiente cuadro:
LunesDocumentos terminados en 0-1MartesDocumentos terminados en 2-3MiércolesDocumentos terminados en 4-5JuevesDocumentos terminados en 6-7ViernesDocumentos terminados en 8-9Es importante destacar que el cronograma se repetirá en las semanas subsiguientes. El trámite se puede iniciar en el Centro de Atención Previsional que cuenta con una delegación en el Municipio de Tandil.

También se puede hacer en La Plata: Calle 46 Nº 541 entre 5 y 6, en el horario de 8.30 a 14.00.

En relación a la documentación que necesitan los beneficiarios titulares, Riva explicó que “Tienen que completar un formulario de adhesión y adjuntarle fotocopia de DNI, 1° y 2° hoja y cambio de domicilio (aunque esté en blanco). Los derechohabientes también deberán completar el formulario de adhesión, adjuntar fotocopia de DNI del beneficiario 1° y 2° hoja y cambio de domicilio (aunque esté en blanco), portar DNI, LE, LC o documento de identidad para extranjeros del o los derechohabientes, partida de defunción, documentación que acredite el vínculo”.

En lo concerniente a apoderados, deberán completar formulario de adhesión, más fotocopia de DNI, 1° y 2° hoja y cambio de domicilio (aunque esté en blanco) del beneficiario y del apoderado. Tienen que llevar además un poder para tramitar ante el IPS la solicitud del cobro del premio.

El IPS dispone de 45 días para la efectivización del pago de la retribución especial, una vez cumplimentado el trámite por el beneficiario o los derechohabientes, según lo normado en el artículo 4º del Decreto Reglamentario 683/11.

Finalmente, el funcionario destacó que “Es importante remarcar que en esta actualización, se abonarán seis sueldos básicos más la antigüedad de la categoría al momento del cese de la actividad del agente, monto que se actualizará por la tasa pasiva del Banco Provincia en las operaciones de depósitos a 30 días, a contar desde el cese”.

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