24 de enero de 2011

Locales

Locales. Se aguarda la puesta en marcha de la ordenanza de la nocturnidad

Frente a los nuevos casos de Trata de Personas dectectados por la justicia, tras el procedimiento realizado el pasado viernes en un cabaret de Colectora Macaya al 1500, se aguarda la aplicación de la reciente ordenanza aprobada por el Hcd que, precisamente, apunta a impedir que se habiliten este tipo de locales, como un aporte a la lucha contra un flagelo que Tandil no está excento.

Como se informó recientemente, un nuevo procedimiento conjunto dio con el testimonio de dos mujeres de nacionalidad paraguaya que denunciaron estar trabajando en un cabaret sin su concentimiento. A raíz de sus testimonios, se detuvo a dos personas que aguardan por definiciones judiciales que hacen a la competencia, más precisamente se especula que el curso de la causa derivará en la intervención de la Justicia Federal, con asiente en Azul.

En tanto, desde lo administrativo, se supo que la comuna también intervino en el caso ventilado, desde la dirección de Prevención comunitaria, en tanto se aguarda que desde la Secretaría de Gobierno se reglamente la ordenanza sancionada que impedirá que siguan proliferando este tipo de locales donde la prostitución es moneda corriente.

Si bien el espíritu de la norma refiere a la “necesidad de impulsar una nueva normativa que regule el funcionamiento de establecimientos de esparcimiento nocturno”, tal reza en los vistos de la normativa, en los considerandos queda en claro que se apunta a terminar con las habilitaciones de los cabaret.

Se agrega sobre la necesidad también de “abordar estrategias en pos de proteger los derechos y libertades, prevenir situaciones de abuso y explotación y desalentar el comercio sexual cuya expresión más profunda es el tráfico de personas”.

Al respecto, se añade en la ordenanza que “la norma intenta aportar herramientas para prevenir este flagelo siguiendo la legislación nacional y los acuerdos internacionales como la Convención y Protocolo de Palermo, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Prostitución Infantil y la Utilización de Niños en Pornografía”.

Se agrega además que “se prohíbe en todo el territorio nacional エel establecimiento de casas o locales donde se ejerza la prostitución, o se incite a ellaエ, y que エlos que sostengan, administren o regenteen, ostensibles o encubiertamente, casas de tolerancia, serán castigados con una multa de $12.500 a $25.000; en caso de reincidencia sufrirán prisión de 1 a 3 años, la que no podrá aplicarse en calidad de condicionalエ; sin embargo, bajo la figura de cabarets, café-bar, wiskerías o night club, etc, se ubican locales que facilitan el acceso al comercio sexual”.

Se afirma que la decisión del Ejecutivo es “generar herramientas que garanticen el cumplimiento de la legislación nacional y supranacional protegiendo a niños, adolescentes y mujeres del flagelo de la explotación, la esclavitud sexual y la trata de personas, definiendo nuevas categorías de establecimientos y prohibiendo en todo el Partido de Tandil la habilitación de comercios tales como cabarets, night club, etc, cuya actividad incluya personal femenino o masculino que actuando como acompañantes, bailen o alternen con los concurrentes, estableciéndose un plazo de adecuación o cierre de aquellos que a la fecha cuenten con habilitación, la que caducará de pleno derecho a los 180 días a partir de la promulgación de la presente”.

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