29 de septiembre de 2025
El Municipio de Tandil prorrogó, modificó a más rubros y amplió a 12 la cantidad de cuotas para el Régimen de Regularización de metros cuadrados de construcción, destinado a la declaración de construcciones existentes, ejecutadas parcial o totalmente sin la correspondiente autorización municipal
Este régimen, implementado en marzo de este año, establece beneficios para la incorporación de obras no declaradas, para viviendas de Uso Residencial: Vivienda unifamiliar y vivienda multifamiliar hasta dos unidades funcionales; de Uso No Residencial / Mixto; Equipamiento Colectivo (Deportivo); Social (educativo, salud, cultural, bienestar social y religioso); Servicios a la Producción (depósito tipo 1 y 2); Industria (industrias y talleres de hasta 150 m²) y Hospedajes y Cabañas (incluyendo los rubros Hospedaje con capacidad hasta veinte (20) pasajeros, Hospedaje con capacidad mayor a veinte (20) pasajeros y Cabañas". Este último rubro fue incorporado en la ordenanza que se sancionó este jueves.
A partir de la gran adhesión que hubo en la primera parte
del año (se registraron más de 13 mil metros cuadrados), el Ejecutivo Local
prorrogó el régimen por 180 días y solicitó modificar los alcances y los planes
de pago, para lo cual elevó los proyectos de ordenanza al Concejo Deliberante,
que lo aprobó por unanimidad en la última sesión.
Desde la Agencia de Ingresos Municipales (AGIM) explicaron
que los propietarios de construcciones sin permiso municipal que deseen
declarar su incorporación deberán presentar la documentación exigida por el
Código de Edificación vigente y por el Plan de Ordenamiento Territorial.
La liquidación del monto del Derecho de Construcción debe
ser gestionada por el profesional actuante a través de los canales habituales
de comunicación con la Dirección de Obras Privadas del Municipio.
Para viviendas cuya obra sea de interés social, viviendas
unifamiliares, multifamiliares hasta 2 viviendas o 1 vivienda y un
local/depósito, y Social, los derechos de construcción y los recargos se podrán
abonar hasta en 12 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, con una eximición
del 50% en el interés de financiación vigente.
En el resto de los casos (Equipamiento Colectivo, Servicios
a la producción, Industria y Hospedajes) los montos también se podrán pagar en
hasta 12 cuotas iguales mensuales, con una eximición del 30% en el interés de
financiación vigente.
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