6 de abril de 2011
Tal lo adelantado, ayer comenzó el juicio oral y público contra Guillermo Sánchez, acusado de cómplice del menor de edad que el 12 de diciembre de 2008 mató a Luis Cano, comerciante del local de Barrio Parque El Calvario.
Sin mayores sorpresas, los lineamientos de la acusación como la defensa se mantuvieron desde iniciada la instrucción que derivó en la detención del hoy imputado, por lo cual restaba escuchar en vivo y en directo a aquellos testimonios que, al entender del fiscal Gustavo Morey, acreditaron la participación de Sánchez. Más precisamente el ministerio público calificó los hechos como “Homicidio en ocasión de robo con el uso de arma de fuego”, y específicamente al acusado se lo ubica en el rol de partícipe primario. El doctor Flavio Manzalini, como particular damnificado, adhirió a los lineamientos del fiscal.
La defensa, en tanto, a cargo de la doctora Sandra Marderwald, adelantó que las pruebas incorporadas al debate no resultarán suficientes para endilgarle el delito a su representado, considerando consecuentemente que pediría la absolución.
Cabe consignar que también se adosó al debate otra causa contra Sánchez por un hurto automotor, ocurrido horas antes del mismo día del fatal asalto, hecho por el cual es representado por el defensor oficial Carlos Kolbl, quien planteó nulidades en el procedimiento y consecuentemente su absolución, aunque el entuerto (menor comparado con el otro delito a ventilarse) fue todo incorporado por lectura a la espera de los alegatos.
LOS HECHOS
Como se informó en ediciones pasadas, según se plasmó en el expediente a ahora se replicó en el comienzo de la audiencia, Morey reseñó que estimativamente a las 21.15 de aquel 12 de diciembre, Guillermo Nicolás Sánchez y el menor de edad, previo acuerdo e información que compartieron del lugar y distribución de roles con el propósito de cometer un asalto, se trasladaron en una motocicleta, que minutos previos a ello fuera solicitada por estos en préstamo a Mauricio Fernando Nuñez, y conduciéndola Sánchez se dirigieron hasta cercanías del comercio sito en calle Ezeiza Nº 1060, propiedad de Isabel Clemente y Luis Cano, permaneciendo Sánchez de campana sobre la motocicleta en calle Necochea entre Ezeiza e Ituzaingó, y a la espera del menor con el fin de lograr su impunidad y facilitar la fuga una vez cometido el mismo.
Se describe sobre el hecho que el menor ingresó al comercio con el arma que le fuera provista por Sánchez antes de trasladarse hasta ese lugar. Una vez que el menor apuntó con dicha a arma a Luis Cano, logró intimidarlo y que éste le pidiera a su esposa que entregue todo el dinero, quien obedeciendo, extrajo el dinero que tenía en la caja registradora y lo colocó sobre el mostrador, indicándole al menor que se lo llevara.
El menor ya condenado dejando el dinero allí se apoderó de un porta documentos que se encontraba en el mostrador, y ante el reclamo de Cano de que no se lo llevara, le apuntó a Isabel Clemente provocando la reacción de aquel quien intentó arrebatarle el arma, produciéndose un forcejeo del que resultó un disparo que impacto en el cielorraso del comercio y la desestabilización y caída de Cano.
La circunstancia fue aprovechada por el menor quien apuntando con el arma de fuego en dirección al rostro de la víctima, efectuó un disparo, ingresando el proyectil en el mentón, convocándole una hemorragia aguda severa, con insuficiencia respiratoria aguda y consecuente paro cardiorespiratorio irreversible que determinó la muerte de Luis Cano.
Tras la agresión, el menor salió corriendo del comercio apoderándose del monedero de cuero que contenía en su interior un sobre tipo carta viejo con dos fotografías de perros, la suma de 20 pesos y al menos un billete de diez pesos, propiedad del matrimonio Cano. Una vez afuera se dirigió al lugar donde lo esperaba Sánchez en la moto y ambos se dieron a la fuga.
El juicio cobraría especial interés a partir de corroborar cuál iba a ser la tesitura de testigos clave en la causa. Principalmente Mauricio Nuñez, quien oportunamente fue detenido como sospechoso y luego sobreseído, Barcala, el mecánico que atestiguo verlos juntos horas previas al suceso delictivo, y el menor ya condenado como autor material del crimen (ver aparte).
SOSPECHAS
Cabe subrayarlo, de lo que deparen estos testimonios corre la suerte la acusación y, obviamente Sánchez, habida cuenta que el restos de los elementos resultan apenas indicios que no conforman plena prueba sobre su complicidad en el atraco.
El fiscal entendió que fue Sánchez quien le indicó al menor hacerse de una mochila en la que ocultaron el arma de fuego utilizada en el hecho, como así también los guantes, gorras y cuellitos utilizados para cubrir las manos y rostro.
También fue Sánchez quien proveyó el arma de fuego utilizada en el atraco a Cano, arma ésta que ya desde días antes se encontraba en su domicilio, como así también fue Sánchez quien al mando de la motocicleta lo condujo hasta proximidades del lugar del asalto y lo aguardó a que llevara a cabo el plan urdido previamente.
Así, en tren de sospechas que redundan en indicios, el fiscal aludió a la circunstancia “real y probada” que el día del hecho desde horas antes y también horas posteriores a la comisión del mismo Sánchez y el menor estuvieron juntos.
También se da por probado que Sánchez y el menor tenían una estrecha relación que se evidenciaba no solamente en presentarse juntos en distintos lugares y ocasiones, sino también en que el primero le brindara su vivienda para que pudiera pernoctar, sumado a la proclividad a cometer delitos que ambos compartían.
VIEJOS CONOCIDOS
Parte de la estrategia acusatoria versó sobre aquel indicio que sirviera para acreditar la relación amistosa existente entre el menor condenado, Sánchez y el propio Nuñez.
Así desfilaron varios testigos del entorno, sino amistoso al menos conocido del trío, quienes con ciertos “códigos” por preservar finalmente terminaron por aceptar que había una relación amistosa entre los tres. Que el menor vivía en la casa de la pareja de Sánchez y se los veía asiduamente juntos.
Así fue que pasaron familiares de Nuñez (su mujer, su suegra y en aquel entonces pareja de ésta), quienes reseñaron que aquella tarde de diciembre fue el menor a pedirle prestada la moto a Nuñez y este se las cedió. Después de unos minutos (entre media a una hora), el menor regresó a devolverla. Junto a él estos familiares señalaron que estaba Sánchez.
Lo propio harían otros testigos citados, especialmente los que concurrían con frecuencia al taller mecánico de Barcala, quienes también reconocerían a regañadientes que el menor, Sánchez y Nuñez, eran amigos y concurrían al lugar, incluso aquella tarde de 12 de diciembre de 2008.
Tras las declaraciones más esperadas, el Tribunal dispuso un cuarto intermedio hasta las 9 del lunes venidero, día en el que se escuchará principalmente al menor de edad condenado y, en definitiva acusó a Sánchez como su cómplice, para luego dar tiempo a los alegatos, para los cuales Fiscalía y Defensa ya mostraron sus cartas.
El conmovedor recuerdo de la viuda de Cano
Isabel Clemente, viuda del asesinado Luis Cano, fue la primera en prestar declaración frente a los jueces Guillermo Arecha, Gustavo Echevarría y Pablo Galli, quien visiblemente consternada por tener que relatar lo vivido como pudo contó su violenta como penosa vivencia que terminó con la muerte de su esposo.
La mujer resultó testigo presencial del suceso, por lo cual resultaba importante para la causa. Lo fue para reconocer al menor (a pesar de tener su rostro semitapado por un pasamontañas y anteojos grandes) al menor ya condenado, pero no aportó mucho sobre su cómplice, dado que ella nunca divisó más de un intruso en el comercio.
Así Clemente contó que su marido se acercó al mostrador y al levantar la vista vio a un sujeto de 23 o 24 años, que le alcanzó a ver la parte de la boca ya que el resto de la cara los cubría con anteojos grandes. Que dicho sujeto lo apuntaba a su marido con el arma de fuego (grande, cromada) que portaba en una de sus manos. Su marido le dijo que le entregara el dinero a ese sujeto y éste también la apuntó a ella. Fue allí cuando su esposo reaccionó y le lanzó un manotazo al ladrón trenzando en un forcejeo, sin poder precisar si fue para quitarle el arma o el monedero que ya tenía en su poder; que en ese instante el sujeto disparó el arma por primera vez; que su marido trastabilló y cuando intentaba incorporarse ese sujeto disparó nuevamente el arma pero ésta vez impactándolo.
Recordó también la mujer que a partir del difícil momento se le nubló la vista y la memoria de aquel fatídico incidente, y seguramente uno de sus nietos pudo aportar más porque estaba en la casa (contigua y conectada al local) escuchando lo que había pasado.
En vario de los párrafos la mujer se quebró, a pesar de lo cual con conmovedora entereza quiso recordar todo lo posible que aportara al esclarecimiento de lo que sufrieron.
La mujer luego ratificó que tras las pesquisas reconoció los lentes como el gorro y la mochila que portaba el menor de edad que ultimó de un disparo a su esposo. “Yo no vi más a nadie que el chico que forcejeó con mi marido” ratificó la mujer que mostró una credibilidad notable, sin ánimo de involucrar o perjudicar a quien en definitiva se cree que fue cómplice del menor y estaba a escasos metros suyo en la Sala de Acuerdos, escuchando inmutable el desgarrador relato.
Nuñez ratificó sus dichos frente a su ex amigo Sánchez
A pesar que reinaba real incertidumbre sobre el paradero y efectivo comparendo de Mauricio Nuñez, pisando el mediodía el “tercero en discordia” apareció para atestiguar y así involucrar nuevamente (ya lo había hecho en la causa que posibilitó su sobreseimiento) a su ex amigo Sánchez en la causa.
A saber, sin las precisiones que oportunamente relatara en plena instrucción, con una postura huidiza a la hora de responder el interrogatorio, Nuñez reiteró su versión. A escasos metros suyo, Sánchez le clavó la mirada y no lo iba a dejar de hacer a lo largo de todo el relato, provocando en la Sala los minutos más tensos de la jornada.
Casi ducho en estos menesteres de declarar y recordar lo que quería recordar, el testigo primeramente preguntó su era obligación hablar habida cuenta que en su momento fue considerado coautor, asunto que fue despejado por el propio Morey, quien le recordó que estaba sobreseído y, consecuentemente, no podía ser juzgado por el mismo hecho.
Ya más tranquilo, entonces, pero tratando de recordar lo menos posible, Nuñez primeramente dejó sentado dos violentos sucesos sufridos a partir de esta causa. Habló de disparos que le efectuaron en la puerta de su domicilio como el siniestro sufrido en su auto. Ambos hechos se sucedieron cuando se conoció la noticia de su libertad y cuando fue sobreseído de la causa, respectivamente.
Puntualmente por el hecho ventilado, ratificó que fue el menor quien le fue a pedir la moto y al rato se la devolvió, sin dejar de mencionar que el regreso del menor estuvo acompañado por Sánchez. También recordó que el menor le entregó 10 pesos para el combustible, que sacó de una especie de monedero que guardaba en la mochila (precisamente el monedero robado a los Cano).
El fiscal luego le reproduciría los dichos de Sánchez, quien directamente lo acusó a él de acompañar al menor a cometer el robo. A lo cual Nuñez sólo se limitó a decir que era mentira, que claramente lo acusó a él para lavarse las manos de lo que había cometido el propio Sánchez. “Yo no quiero perjudicar a nadie, sólo dije la verdad”, aseveró ante el Tribunal.
A pesar de la persistencia de la mirada intimidante de quien estaba sentado en el banquillo de los acusados y, en definitiva había sido amigo suyo en tiempos pasados, Nuñez se mantendría en su versión más allá de los nervios y recurrente reticencia a expresar más de lo que claramente había sido pautado por su defensor, Claudio Castaño, que detrás del auditorio siguió atentamente lo que se ventilaba y su pupilo respondía.
Los dudosos testigos
Otros de los momentos clave de la jornada de juicio se vivió cuando Ricardo Barcala se sentó frente al Tribunal y declaró. Se trataba del mecánico donde el trío de sospechosos concurría a arreglar las motos.
El hombre reconoció tener cierta amistad con ellos y hasta un mismo prontuario tiempo atrás (compartieron celda por distintos hechos delictivos).
Visiblemente fastidioso e incómodo, el testigo sí recordó a regañadientes que primero Nuñez, como Sánchez y el menor después, acudieron aquel día al taller, pero no más que eso quiso señalar.
Tras quejarse insistentemente en las veces que había sido citado en la causa, se le recordó buena parte de su declaración en la causa, en la que no sólo reseñó sobre aquel día en el taller, sino también que en una visita a la casa de Sánchez vio un arma.
Esta afirmación que consta en el expediente refería a que días previos al hecho, al visitar a Sanchez en su domicilio observó la existencia de un revólver calibre 38: "....Que una vez hace como un mes, a los pocos días de empezar a ir a lo de Guillermo, vio en la casa de Guillermo, arriba de la mesada de la cocina, tapado con una remera, un revólver calibre 38 cromado”, agregando que lo sabía porque al ver el bulto se dio cuenta que era un arma, levantó la remera y que Guillermo le dijo "dejá que no es mía, es de otro pibe". Asegurando que el arma que vio es un revólver calibre 38 (conoce de armas y que de volver a verla la reconocería. Estas expresiones ahora en la audiencia serían negadas por Barcala.
Fue insistente el fiscal en señalarle que semejantes dichos estaban en las fojas firmadas por él, pero Barcala siguió negando esos dichos. Algunas cosas, algunos párrafos sí los reconocería, pero esos puntualmente no.
También se le recordó que oportunamente había expresado que Sánchez, Nuñez y el menor, solían salir a robar, pero ahora también negaría aquellas expresiones.
No sin intención, Morey le preguntó si él había prestado declaración a pedido del propio Sánchez (dado que antes en plena instrucción no lo podía ubicar) y éste aceptó -no sin esfuerzo- frente a los jueces que había sido ese el motivo de su presencia.
Tras el dudoso testigo, le sucedería otro más intrincado aún. Un amigo de Sánchez de apellido Gorgora quien figuraba en la causa como testigo de identidad reservada.
El testigo, que sorpresivamente apareció tiempo después en la causa y no es reconocido por el resto de los testigos como un asiduo concurrente al taller de Barcala, dijo que él fue al taller junto a Sánchez aquella tarde y escuchó a Nuñez y al menor hablar de que iban a cometer un asalto, mientras arreglaban la moto.
Que para eso, el menor lo iba a esperar por la casa de Sánchez y éste lo tenía que pasar a buscar en su moto con el fierro. También en la casa de su amigo Sánchez, éste dijo ver cómo el menor se preparó el pasamontañas y se cambió la ropa.
A pregunta del fiscal, reconoció que tiempo después tuvo un encontronazo con Nuñez en la calle, quien le había mostrado un arma blanca y que incluso luego sacó un arma y disparó al aire en plena discusión.
A esas alturas y sin medias tintas, el fiscal Morey le diría que era un falso testigo y que frente a su mendacidad iba a ser acusado de falso testimonio, a lo cual el hombre no evidenció trastorno alguno, insistiendo en que él decía la verdad.
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