1 de marzo de 2024
Una pena única de tres años de prisión de cumplimiento efectivo le impuso un juez en un debate a un joven que fue declarado autor de un caso de violencia de género cometido en perjuicio de quien era su pareja.
Identificado por voceros judiciales como Lucas Matías Espejo, oriundo de Tandil y de 27 años de edad, específicamente por el hecho tratado en este proceso, desarrollado en el Juzgado Correccional 2 con asiento en el Palacio de Justicia local, terminó siendo declarado autor del delito de lesiones leves doblemente calificadas por el vínculo de pareja preexistente con la víctima y por su comisión por un hombre contra una mujer mediando violencia de género. Y por ese episodio, que cometiera en Azul el 25 de agosto de 2019, recibió una sanción consistente en "un año de prisión efectiva".
En el mismo debate, los varios antecedentes penales computables que registra y por los cuales ya había sido condenado con anterioridad derivaron en que también a Espejo le fuera dictada la referida pena única por la que actualmente permanece privado de la libertad en una unidad carcelaria del SPB.
Según se señala en lo resuelto, entre esos antecedentes que el joven posee figuran condenas por varios robos y más delitos, tales como un "hurto", un caso de "encubrimiento" y las comisiones de hechos definidos a escala penal como "lesiones graves, leves y amenazas".
Esa pena única de tres años de prisión a cumplir que Espejo recibió ahora es comprensiva del caso de violencia de género tratado en este juicio oral y de otra sanción -también de tipo única- consistente en "dos años y cinco meses de prisión efectiva", surgida de una sentencia que le fuera dictada el 11 de febrero de 2022, tras un juicio en el Tribunal Oral en lo Criminal 2.
Valorando esas condenas anteriores que el encausado registra, en lo dispuesto en este debate el magistrado Héctor Torrens señaló: "Se impone el dictado de una sanción unificadora, cuyo monto -sobre la base de lo requerido por la parte acusadora en su alegato final y con aplicación del método composicional- habré de fijar en tres años de prisión de cumplimiento efectivo".
Precisamente esas condenas anteriores que Espejo registraba fueron valoradas como una agravante a las sanciones impuestas en este juicio. Y lo mismo ocurrió con "la situación de violencia de género en que se hallaba la víctima y que se repetía permanentemente", circunstancia a la que aludiera en este juicio oral el fiscal Marcelo Fernández y diera acogida favorable el juez Héctor Torrens.
"Nada obsta a que la intensidad y la permanencia en el tiempo de un contexto creciente de violencia de género -aspectos referenciados por la parte acusadora y cabalmente demostrados en el debate- se interpreten como circunstancia agravante al conformar un aumento en la extensión del daño causado a la víctima", escribió el titular del Juzgado Correccional 2. Al mensurar atenuantes para el joven condenado en esta instancia, el magistrado tuvo en cuenta una de las circunstancias referidas por la defensora Oficial de Espejo: Mariana Mocciaro.
Tal situación alude a que el encausado, al momento de cometer este hecho de violencia de género, consumía alcohol en exceso y alguna que otra sustancia estupefaciente. Algo que "pudo haber obrado como liberador de frenos inhibitorios con aumento de la agresividad originaria".
(Fuente y foto: Diario El Tiempo)
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Lo reconstruyen mediante múltiples videos sobre la feroz represión del miércoles.