7 de agosto de 2025
La Cámara de Apelaciones en lo Penal sobreseyó a Marcos Carrillo y descartó que haya cometido una estafa contra decenas de tandilenses que se vieron impedidos de entrar al Estadio Monumental para ver el partido amistoso Argentina-Panamá, luego de la obtención de la Copa del Mundo en Qatar.
Si bien el juez de Garantías 2 (subrogante) Juan José Suárez había solicitado la elevación a juicio, la Alzada revirtió el fallo de primera instancia.
La reciente resolución, del 5 de agosto, lleva la firma de Gustavo Echevarría, Pedro Cini y Carlos Pagliere, y lo despega a Carrillo del delito de "estafa en concurso ideal con Uso de Documento Privado Apócrifo".
Para la Cámara de Azul, "el causante venía realizando esta actividad -que incluía el traslado de personas y acceso a la cancha desde hacía varios años, no habiendo tenido en ninguna oportunidad dificultades con los tickets de ingreso. A esta altura, vale señalar que la acusación no logró desmentir ninguno de los dichos de Marcos Gabriel Carrillo, los cuales, reitero, resultan creíbles, coherentes y precisos".
"Todo lo expuesto, me permite razonablemente inferir que la conducta desplegada por el encartado nunca estuvo encaminada a llevar adelante un ardid para estafar a los aquí damnificados; sino que, por el contrario, estuvo sustentada en su buena fe y en la confianza que tenía en la persona que, previo pago de una importante suma de dinero, le proveyó los tickets que, a la postre, resultaran apócrifos", añade el fallo.
Los magistrados afirman que "la prueba producida en autos resulta inidónea para acreditar que Carrillo supiera -al momento de entregarle las entradas a los damnificados- que las mismas no eran auténticas, como tampoco que, previo a realizar el viaje, se representara como posible dicha situación".
"RESOLUCIÓN APRESURADA DE LA CAMARA"
LA VOZ DE TANDIL tomó contacto con damnificados luego de la sentencia de la Alzada y opinaron que se trata de una decisión "apresurada", ya que -observan- "no estaban los elementos dados para llegar a esa decisión. Para que una causa no llegue a juicio y se absuelva a alguien tiene que haber certeza negativa, es decir, la confirmación de que esa persona no hizo lo que se le imputa. Por el contrario, para que una causa vaya a juicio, con que exista la duda o posibilidad de que se haya cometido el delito, bastaría para elevarlo a juicio", aseguran.
"Valoraron una hipótesis alternativa sin certeza negativa, mensajes del celular de Carrillo posteriores al hecho que lo posicionan en lugar de víctima por haber sido estafado por terceras personas", fue una de las miradas sobre el fallo del 5 de agosto último.
"Lo central no es la actitud posterior sino anterior, o sea, si el imputado sabía que las entradas eran apócrifas y siguió con la venta", entienden los damnificados consultados.
Para los vecinos que compraron las entradas se "tomaron a favor que en 11 años de actividad organizando viajes a la cancha no tenía antecedentes como el del partido Argentina Panamá, cuando si te dedicas hace tanto tiempo a hacer esa actividad ten{es el ojo más entrenado para determinar si esa entrada es trucha o no. La numeración de entradas se repetía en algunos casos, con sólo haber visto eso él podría haber evitado lo que vino después", opinaron.
En la mirada de los tandilenses que compraron el ingreso y luego no pudieron disfrutar del partido "fuimos dos veces víctimas, primero de una estafa que según la Justicia no la cometió Carrillo, no sabemos de quién fue, y luego del sistema judicial que se desentendió de las víctimas en un hecho tan grave, el mensaje que queda, la línea que se baja es: cualquiera puede hacerlo", lamentaron.
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