24 de octubre de 2025
En un Aula Magna colmada de sobrevivientes, familiares, organismos de derechos humanos, estudiantes y representantes de la comunidad, el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata dió lectura a la sentencia del Juicio "La Huerta", que investigó los delitos de lesa humanidad cometidos en 14 centros clandestinos de detención del centro y sudeste bonaerense durante la última dictadura cívico-militar.
por
*Soledad Restivo
El fallo dictó ocho condenas, entre ellas cuatro penas de prisión perpetua contra Héctor Martínez Salgado, Román Valdecantos, Osvaldo Héctor Repetto y Alejandro Guillermo Duret, por crímenes cometidos en el circuito represivo de la Subzona 12.
Por primera vez fueron juzgados los jefes de las secciones
Operaciones e Inteligencia de la Base Aérea Militar de Tandil, lo que
constituye un antecedente relevante en el proceso de memoria, verdad y justicia
en la región. Además, el Tribunal condenó a Martín Carlos Luzuriaga a 10 años y
6 meses de prisión, Luis Ernesto Benítez a 6 años y 9 meses, Roberto Jorge
Casares a 6 años, y José Luis Álvarez a 5 años de prisión.
En tanto, 27 imputados fueron absueltos, y los fundamentos
del fallo se conocerán el 19 de diciembre.
El Tribunal también determinó que los hechos juzgados
constituyen delitos de lesa humanidad, subrayando especialmente los ocurridos
en la localidad de Azul la noche del golpe de Estado, el 24 de marzo de 1976,
cuando fueron secuestrados sindicalistas y militantes gremiales en el marco del
inicio del terrorismo de Estado.
A la salida de la audiencia, la mezcla de emociones osciló
entre la satisfacción parcial por las perpetuas y la indignación por las
absoluciones masivas. Carlos Fernando Díaz, presidente de la Asociación de
Familiares de Detenidos y Desaparecidos del Centro Sur de la Provincia de
Buenos Aires, expresó:
"No coincido en que sea una sentencia pobre, creo que es una
sentencia maliciosa, malintencionada. Están buscando la inmunidad de los
acusados por edad. Esto es impunidad judicial. Hay acusados con una carga
probatoria importante que han sido absueltos. Sabíamos que podía haber algunas
absoluciones, pero jamás imaginamos que de 35 acusados solo 8 resultaran
condenados. El criterio del tribunal fue la absolución; la condena fue la
excepción, y con penas muy leves.
Díaz también advirtió sobre la lentitud y la desidia
judicial que obstaculizan los procesos por delitos de lesa humanidad: "Hoy en
la Argentina hay 75 causas listas para ser elevadas a juicio. Pero de 90
tribunales federales, solo hay un promedio de ocho audiencias semanales. Esto
se llama impunidad judicial. Buscan eso, y lo están logrando. Mientras tanto,
los acusados mueren impunes y las víctimas sin ver justicia. Esta justicia es
muy, muy injusta."
Las querellas y organismos de derechos humanos alertaron
sobre dos aspectos del fallo que resultan especialmente preocupantes en el
contexto actual: primero, las absoluciones de imputados sobre los cuales
existían pruebas contundentes de su participación y responsabilidad penal en
delitos de lesa humanidad, lo que genera perplejidad y deja entrever un patrón
de impunidad que puede ser interpretado como señal de tolerancia hacia
violaciones graves de derechos fundamentales; segundo, la exclusión de los
casos de represión a trabajadores agremiados -detenidos, torturados y
perseguidos por su actividad sindical- de la categoría de delitos de lesa
humanidad, tratándolos como delitos comunes y resolviendo su prescripción, lo
que no solo contradice la historia del terrorismo de Estado sino que también
envía un mensaje peligroso sobre la impunidad para actos de represión política
y laboral en la actualidad.
El abogado querellante Guillermo Torremare, representante de
la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), subrayó ese punto "Las
perpetuas las esperábamos, pero las absoluciones en esa cantidad impresionan.
El Tribunal consideró prescriptos los hechos vinculados a trabajadores
perseguidos en fábricas como Fabi, Loma Negra, Losa o Molinos Cañuelas. Eso es
un error conceptual terrible: esas persecuciones fueron parte del plan
sistemático de represión y, por lo tanto, son delitos de lesa humanidad."
Una de las decisiones más cuestionadas fue la condena al
exmilitar Roberto Jorge Casares, sentenciado a seis años de prisión e
inhabilitación absoluta por el mismo período, por resultar coautor penalmente
responsable del delito de violación agravada por el uso de la fuerza e
intimidación. la pena resulta notoriamente baja para la gravedad de los hechos
y se aparta de los estándares actuales de juzgamiento en delitos sexuales, más
aún en el contexto del terrorismo de Estado, donde la violencia sexual contra
las mujeres fue una práctica sistemática.
Caceres, además fue absuelto por los delitos que
damnificaron a Carlos Alberto Moreno, Martín de Urquiza, José Vignau, Héctor
Diez, Alberto Casemajor y Mirta Noemí de la Canal.
El Juicio "La Huerta" permitió reconstruir las tramas locales del terrorismo de Estado en la región y visibilizar las complicidades civiles, militares y eclesiásticas. Su desarrollo en una universidad pública, con presencia sostenida de la comunidad educativa, convirtió cada audiencia en un ejercicio de memoria viva. Aunque el fallo dejó un sabor agridulce, la jornada marcó un nuevo punto de partida en la larga lucha por justicia. La sentencia -con sus límites y contradicciones- vuelve a interpelar al Poder Judicial, pero también reafirma la vigencia de una sociedad que no renuncia a la memoria. En el Aula Magna, una vez más, se sostuvo y fortaleció el pacto democrático de la ciudadanía argentina. Y hoy, más que nunca, la sociedad vuelve a decir con fuerza: ¡Nunca Más!
*Agencia Comunica/Medios UNICEN
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