6 de enero de 2026

Por riesgos ambientales

Por riesgos ambientales. La Suprema Corte avaló el pedido de Conte Grand y frenó las ordenanzas de agroquímicos en Tandil y Rauch

En un fallo de trascendencia para la regulación del sector agropecuario y la protección del medio ambiente, la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires resolvió suspender de manera preventiva las ordenanzas municipales que regulaban el uso de agroquímicos en los partidos de Tandil y Rauch.

La medida cautelar surge ante posibles vicios de inconstitucionalidad y el riesgo latente de impacto ambiental sobre la cuenca del arroyo Chapaleofú.

La decisión judicial responde a un planteo impulsado por vecinos de ambos distritos, quienes denunciaron que las normativas locales establecían criterios de protección "regresivos, irrazonables e incongruentes" para áreas sensibles.

Según los demandantes, el sistema hídrico del arroyo Chapaleofú, considerado un bien colectivo de interés público, podría verse seriamente comprometido por las prácticas habilitadas en las ordenanzas ahora suspendidas.

El tribunal fundamentó su decisión en la necesidad de aplicar los principios preventivo y precautorio, advirtiendo que los límites fijados por los municipios se apartan, en una primera instancia, de las pautas establecidas en la normativa general de la Provincia.

Además, los magistrados consideraron el contexto estacional, señalando que durante el verano la afluencia de turistas y vecinos a zonas recreativas cercanas a los cursos de agua aumenta el peligro frente a eventuales fumigaciones.

Este fallo se alinea con la postura previa del procurador general de la Provincia, Julio Conte Grand, quien ya en noviembre había dictaminado a favor de estas medidas cautelares para priorizar el interés superior de niños, niñas y adolescentes ante posibles afectaciones a sus derechos.

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Mirá también: Conte Grand recomendó a la Suprema Corte suspender fumigaciones con agrotoxicos en la Cuenca del Chapaleofú

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Como parte de la resolución, la Corte ha dispuesto lo siguiente:

- Plazo de 10 días: Los intendentes de Tandil y Rauch deberán remitir los antecedentes administrativos, estudios técnicos y evaluaciones de impacto ambiental que sustentaron las ordenanzas.

- Régimen interino: Mientras se resuelve la cuestión de fondo, el uso aéreo de agroquímicos quedará regulado por la ley provincial 10.699 y su decreto reglamentario 499/91.

Este escenario reabre la tensión entre la autonomía de los municipios para legislar sobre sus territorios y las competencias provinciales, dejando en suspenso la actividad hasta que se realice un análisis exhaustivo sobre la validez constitucional de las restricciones locales.

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