14 de febrero de 2024
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este miércoles 14 de febrero la elaboración, fraccionamiento y comercialización de una marca de aceite de oliva por no contar con los registros sanitarios necesarios. ¿Qué marca no hay que comprar?
La medida fue tomada a través de la disposición 1349/2024, publicada este miércoles en el Boletín Oficial con la firma de su titular Nélida Agustina Bisio. Según se detalló en el comunicado, la investigación estuvo a cargo de la Instituto Nacional de Alimentos (INAL).
Las averiguaciones comenzaron cuando un particular se presentó ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) en relación a la autenticidad de este producto. Tras ello, el organismo se ocupó de constatar si el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) que se exhiben en el rótulo del producto investigado se encuentran autorizados. Sin embargo, se descubrió que ambos registros son inexistentes.
Al tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, la ANMAT declaró que se trata de un producto ilegal.
Por estos motivos y con el fin de proteger la salud de los futuros adquirientes, el producto no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado, ni expendido en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9°, inciso II de la Ley 18284.
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