5 de noviembre de 2025
Este lunes, en La Plata, se reunió el Jurado de Enjuiciamiento que evalúa las denuncias que llevaron al jury a los jueces en lo Civil y Comercial de Tandil, Dres. José Martín Zárate y Francisco Blanc. En el caso del primero de los nombrados, se decidió avanzar en su enjuiciamiento y es posible que sea apartado de sus funciones, mientras que respecto de Blanc, se dispuso continuar investigando y se difirió el tratamiento de su caso.
Se trata del expediente caratulado "ZÁRATE, JOSÉ MARTÍN Y BLANC, FRANCISCO AUGUSTO -JUECES A CARGO DE LOS JUZGADOS EN LO CIVIL Y COMERCIAL NRO. 1 Y 2 DE TANDIL -DEPARTAMENTO JUDICIAL DE AZUL S/ BURS, JUAN PEDRO MARTÍN Y HETER, JORGE S/ DENUNCIA", sobre el que LA VOZ DE TANDIL ha venido informado desde hace meses.
La causa se tramita ante la Secretaría Permanente de
Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires, y
en ese marco, el pasado lunes, se reunió el Jurado de Enjuiciamiento, integrado
por los miembros designados por la Suprema Corte de Justicia de la provincia de
Buenos Aires y la Legislatura provincial, para dictar una resolución sobre su
competencia para juzgar a los magistrados, en relación a los delitos que se les
endilgan.
La reunión del Jurado se desarrolló en el Salón Dorado de la
Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires, con la presencia de la Presidenta
del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios, Dra. Nilda Kogan,
el conjuez abogado Dr. Eduardo Fortunato Dinatolo y la conjueza abogada Dra. María
Margarita Di Santi. También participaron los conjueces legisladores Avelino
Ricardo Zurro, Juan Manuel Jesús Rico Zini, mientras que, bajo la modalidad
virtual, intervinieron los conjueces abogados Dres. Guillermo Ernesto Sagués, Jorge
Ornar Frega, Laura González, Germán Di Césare y Sofía Vannelli.
Como se ha venido informando, el 14 de julio de este año, los
abogados Juan Pedro Martin Burs y Jorge Heter, formularon denuncia contra los Dres.
José Martín Zárate, Juez a cargo del Juzgado Civil y Comercial n° 1 de Tandil, y
Francisco Augusto Blanc, juez a cargo del Juzgado Civil y Comercial n° 2 de
Tandil; y ambos, además, subrogantes del Juzgado Civil y Comercial n° 3 de nuestra
ciudad.
Los denunciantes reclaman que se verifiquen si las conductas
de los magistrados señalados, al intervenir en distintas causas, constituían la
causal genérica de mal desempeño en el ejercicio de sus funciones, y enumeraron
las faltas imputables a cada uno de los magistrados.
Respecto de Juez José Zárate, se apunta: incompetencia o negligencia
demostrada en el ejercicio de sus funciones; incumplimiento de los deberes
inherentes al cargo; realización de hechos o desarrollo de actividades
incompatibles con la dignidad y austeridad que el cargo judicial impone; comisión
de graves irregularidades en los procedimientos a su cargo o en los que hubiere
intervenido; realización de actos de parcialidad manifiesta; otras acciones u
omisiones que impliquen defección de la buena conducta que exige la
Constitución para el desempeño de la magistratura.
Y en lo referente al juez Francisco Blanc, se lo acusa de: incumplimiento
de los deberes inherentes al cargo; comisión de graves irregularidades en los
procedimientos a su cargo o en los que hubiere intervenido; realización de
actos de parcialidad manifiesta; otras acciones u omisiones que impliquen
defección de la buena conducta que exige la Constitución para el desempeño de
la magistratura.
También se detallaron las causas donde intervinieron los
mencionados jueces, enunciando las carátulas de cada expediente y las
eventuales irregularidades cometidas. También detallaron los patrones
delictivos que se repetían en todas las causas presentadas, como ser: Orfandad
probatoria al inicio del proceso y falta de carga en la MEV (los juicios
comenzaban sin pruebas y la información no se subía a la Mesa de Entradas
Virtual); Representación de la parte actora en su mayoría personas vulnerables
(siempre actuaban en representación de la parte actora, siendo la mayoría
personas de bajos recursos, algunas analfabetas); Aprobación de testamentos sin
pericias caligráficas (los testamentos eran aprobados únicamente con testigos,
sin la realización de pericias caligráficas y sin agregar a la MEV los
dictámenes que emitía al respecto el Ministerio Público Fiscal; Desestimación
de la prueba del demandado (la prueba presentada por la parte demandada era
sistemáticamente desestimada; llamaban a audiencias de testigos con el objeto
de que en vez de declarar y llegar a la verdad, terminara siendo una
negociación extorsiva; Destrucción de expedientes (destruían pruebas); Clausura
temprana de la etapa probatoria y llamado a sentencia (se dictaba la clausura
de la etapa probatoria y se llamaba a autos para sentencia de forma acelerada);
Apropiación ilícita de bienes (los bienes eran apropiados de manera indebida); Imposición
de costas excesivas al demandado (se imponían costas desproporcionadas a la
parte demandada); Resolución de expedientes en tiempo récord (los expedientes
se resolvían en un tiempo inusualmente corto para lo que normalmente tardaba un
juicio); Naturaleza de las causas (se trataba de herencias o usucapiones, en
las que el causante no tenían hijos, con problemas físicos, o fallecidos en el
exterior); Notificación a los causantes, no a sus herederos.
Señalaron que el modus operandi implicaba la creación de
expedientes civiles con acciones de interdictos de recobrar o con acciones
posesorias. Que, para ello, se utilizaban personas indigentes y sin
conocimiento legal quienes, de manera singular, reconocían no ser propietarias
del inmueble. Aseveraron que el objetivo era simular una legitimidad que de
otro modo sería inalcanzable por vías legales. Yen lo que respecta a sucesiones
y testamentos, elegían causantes que no tenían herederos, que no residían en
Tandil y que habían fallecido fuera del país y otros con problemas en su
comprensión y libre voluntad.
Indicaron que el modus operandi del Juez José Zárate se
centraba en la manipulación activa y fraudulenta de procesos judiciales civiles,
específicamente interdictos y acciones posesorias, para beneficiar intereses
particulares y orquestar extorsiones.
En relación al Dr. Blanc, la denuncia apunta a su supuesta "complicidad
y encubrimiento de irregularidades previas, la continuación de acciones
fraudulentas y el armado de expedientes, utilizando su posición para validar procesos
viciados y favoreces intereses específicos".
Blanc es considerado un "cómplice" del accionar de su par
Zárate, ya que tampoco "advirtió o denunció", las presuntas irregularidades
cometidas por su colega.
Vale recordar que los mismos denunciantes, además de
impulsar el jury, se presentaron ante el procurador General, Dr. Julio Conte
Grand, para solicitar la apertura de una investigación penal contra José
Zárate, que dio lugar a un nuevo expediente (765/25).
Vía correo electrónico, tanto Zárate como Blanc, realizaron
sus respectivos descargos (el 13 de agosto y 4 de septiembre últimos,
respectivamente), en relación a las denuncias en su contra, negando todos los
cargos que se les imputan y ambos pidieron que se desestime y rechace la
denuncia en su contra.
Ante este panorama, el Jurado de Enjuiciamiento dio traslado
a la Procuración General, a la Comisión Bicameral y a los denunciantes particulares,
"para que expresen su voluntad de asumir el rol de acusador o, en su caso,
solicitar el archivo de las actuaciones".
Respecto de la solicitud de apartamiento preventivo del Juez
Zárate, se resolvió dar vista al propio juez, por el término de cinco días, "a
fin de poner a este Jurado en condiciones de pronunciarse sobre el punto".
Por unanimidad, el Jurado se declaró competente para avanzar
en la investigación de los hechos denunciados; dispuso librar oficios, a través
de la Secretaría Permanente, a los Juzgados Civiles y Comerciales 1, 2 y 3 del
Departamento Judicial Tandil, "a fin de que remitan copias certificadas de los
expedientes mencionados"; en tanto también se libró oficio al fiscal Ignacio
Calonje, para que remita copia certificada del expediente por él investigado
que involucra al Juez Zárate, denunciado por presunto cohecho en el conflicto
del loteo de la Chacra 274.
Finalmente, quedó diferida, por el momento, el tratamiento
de la denuncia formulada contra el juez Francisco Augusto Blanc, "hasta tanto se
adopte un pronunciamiento en el ámbito disciplinario de esta Suprema Corte".
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